CSJ defiende derecho del pueblo
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia restituyó el derecho que tiene el pueblo de compartir el poder y organizarse en los Consejos del Poder Ciudadano, declarando inconstitucional la ley 630, lo que deja sin efecto todo lo actuado por la Asamblea Nacional.
Los magistrados admitieron un recurso de amparo introducido por los representantes de los Consejos del Poder Ciudadano, contra la Asamblea Nacional por haber rechazado el veto presidencial.
La resolución, firmada por los magistrados Francisco Rosales, Rafael Solís, Yadira Centeno, y Armengol Cuadra, deja sin efecto la publicación que hizo la Asamblea Nacional, rechazando el veto del compañero presidente, Daniel Ortega.
“Se declara la inconstitucionalidad en el caso concreto del contenido de toda la ley 630, Ley de Reformas y Adiciones al arto. 11 de la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, por violar sus artículos 1 y 2 de las Facultades del Presidente de la República de emitir decretos ejecutivos y crear los consejos que considere necesarios en conformidad con los artículos 150 numeral 4, 12 y 13 de la Constitución Política de Nicaragua, como ley suprema de la República”, explicó en conferencia de prensa el magistrado Francisco Rosales
El magistrado explicó que el Presidente de la República está en todo su derecho de organizar cualquier tipo de Consejos, a como lo hicieron por decretos los anteriores mandatarios.
“Aquí había un Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible, había o no había, claro que había, quién lo presidía, Jaime morales Carazo, en la época del doctor (Arnoldo) Alemán. En la época del ingeniero (Enrique) Bolaños, también lo estuvo presidiendo Jaime Morales, después lo presidió quien era su Secretario Ejecutivo, el ingeniero Eduardo Urcuyo Llanes. Existía el Consejo Nacional de la Educación, creado por decreto, existía el Consejo Nacional de Seguridad, también el Consejo Nacional para la Salud Pública”, aseguró.
Por su parte el vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, Rafael Solís, recordó a los diputados de la Asamblea Nacional que la resolución es de ineludible cumplimiento
“Tanto para los CPC y para la Junta Directiva de la Asamblea Nacional y para el Poder Ejecutivo, esta sentencia es válida, tiene toda su fuerza legal y la Ley 630 queda derogada”, afirmó.


del.icio.us
Digg
Comentarios ( publicado):
Coloca tus comentarios