Montealegre: juez y parte
Montealegre, según su declaración de probidad de abril del 2004, recibió dividendos de Bancentro por 3.8 millones de córdobas en el año 2003, además aseguró que esa institución financiera le otorgó un préstamo de 7 millones 624 mil dólares, lo que evidencia un grave conflicto entre sus intereses económicos personales y esa entidad bancaria.
El ex funcionario de los gobiernos de Arnoldo Alemán y Enrique Bolaños, aseguró a la Contraloría que vendió sus acciones de Bancentro y Lafise a Roberto Argüello Osorio, en 58.3 millones córdobas, pero en otra declaración realizada seis meses después, afirma que le vendió esas mismas acciones a Comercial View Corporation, en 62 millones 688 mil 800 córdobas, en ambos casos, dice tener pagarés sin fecha de vencimiento.
En esa declaración de probidad, aparecen como acreedores de Montealegre, Lafise Bank Limited por 2 millones 916 mil 621 dólares y Latin American Financial Services por 3 millones 326 mil 424 dólares.
Montealegre ha declarado que los dividendos provenientes de Bancentro, entidad bancaria de la que niega estar relacionado, son producto de los pagarés que no han sido cancelados.
Asimismo ha declarado ante los medios que esos pagarés no tienen fecha de vencimiento, algo totalmente falso ya que el artículo 175, inciso tres de la Ley de Títulos de Valores ordena de que en los pagarés se especifique la fecha del vencimiento.
En su carácter de Ministro de Hacienda y Crédito Público conocía detalles del proceso de liquidación de bancos y de las operaciones financieras que eso implicaba. Como funcionario público tenía la obligación de salvaguardar los bienes y recursos del Estado, mediante transacciones transparentes, y no lo hizo. Fue juez y parte.
Esto demuestra que faltó su responsabilidad de funcionario de Estado. Montealegre estaba en posición de decidir o de influir en las decisiones sobre las operaciones relacionadas con la adjudicación de depósitos, reclasificación de cartera y subastas de cartera. Su trabajo consistía en trabajar de manera imparcial en el tema de los Cenis, pero no lo hizo.
El banquero Montealegre violó la Ley de Probidad, la Ley 419, y la Ley de la Superintendencia de Bancos, ocasionando con sus actos un grave perjuicio patrimonial al Estado.
Debido a la relación de Montealegre con Bancentro, esta entidad financiera estaba impedida para participar en la subasta del Banco Central de Nicaragua, en la que dicho banco adquirió en las instalaciones del Centro Banic, donde actualmente funciona LAFISE, en la ridícula suma de 5.5 millones de dólares, cuando su valor real estaba estimado en 17 millones de dólares.
El banquero Montealegre fue accionista del Grupo LAFISE-BANCENTRO y obtuvo ganancias procedentes de esas acciones mientras al mismo tiempo era Ministro de Hacienda en la administración del ingeniero Enrique Bolaños.
En la renegociación que hizo con Bancentro sobre los CENIs, favoreció a Bancentro con un aumento de los rendimientos o tasas de interés.
Montealegre, deliberadamente, no exigió oportunamente la rendición de cuentas de los bancos que recibieron CENIs y la liquidación respectiva a favor del Estado, como era su obligación como Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Siendo el Presidente del Consejo de la Superintendencia de Bancos y Miembro del Consejo Directivo del Banco Central, los bancos adquirentes del BAMER y del BANIC reclasificaron préstamos, obteniendo una ganancia indebida en perjuicio del Estado.
El banquero estableció los procedimientos para la subasta pública de activos de los bancos liquidados de manera oscura, sin establecer precios base conforme avalúo previo y sin establecer mecanismos que garantizaran precios de mercado.
Eduardo Montealegre condujo las negociaciones de los CENIs, la subasta de activos bancarios y sus actividades como Ministro de Hacienda, Presidente de la SIB y Miembro del Consejo Directivo del Banco Central, siendo al mismo tiempo accionista y deudor del Grupo LAFISE-BANCENTRO, violando de esta manera la Ley de Probidad, la Ley de la Superintendencia, la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley 419 de Reforma al Código Penal de Junio de 2002.
Como Ministro de Hacienda y Crédito Público no liquidó la garantía de los Cenis y llevó adelante una subasta viciada. En ambos casos benefició a Bancentro y otras instituciones, y con sus acciones conscientes y deliberadas ocasionó daños al Estado de Nicaragua por más de cuatrocientos cincuenta millones de dólares.
La Comisión Investigadora del Caso de los Cenis encontró que la Superintendencia de Bancos puso en marcha una política deliberada de reducir el número de bancos en el país, violando derechos constitucionales.
Asimismo determinó que declaró provisiones en vez de multar, ordenó intervenciones al margen de la ley, ordenó liquidaciones innecesarias y contribuyó a la crisis de confianza La comisión encontró además que los bancos favorecidos no tenían capital suficiente para comprar los activos de los bancos que la SIB deseaba liquidar.
Los bancos favorecidos no tenían liquidez suficiente para asegurar el encaje de los depósitos de los bancos que la SIB deseaba liquidar. El Banco Central no tenía la capacidad institucional para administrar la cartera de los bancos liquidados.
La comisión determinó que había mejores opciones para resolver las supuestas crisis de los bancos, que se podía haber facilitado capital secundario a los bancos intervenidos y que se podía haber facilitado capital secundario a los bancos favorecidos.
También descubrieron que los bancos favorecidos recibieron los depósitos sin asumir costo ni riesgo y que se favoreció a esos bancos en grave perjuicio del interés público. Sobre la emisión de los Cenis la comisión encontró que la ley del Banco Central no contempla emitir Cenis para garantizar depósitos.
El Banco Central delegó en las juntas liquidadoras de bancos privados la negociación de los términos de obligaciones del Banco Central y hasta el momento no ha habido rendición de cuentas o liquidación de las garantías otorgadas.
Las Juntas Liquidadoras del BANIC y del BAMER denunciaron reclasificaciones y enriquecimiento indebido en junio de 2002.
En la subasta de activos bancarios la comisión encontró también anomalías, al no contemplarse avalúos ni precios base, no se establecieron condiciones de mercado. También se descubrió que fue anómala e irregular por los conflictos de intereses y la información privilegiada, realizándose con graves violaciones a la ley.
Se recuperó solamente 27 millones de dólares en activos con valor de más de 400 millones de dólares. Montealegre avaló y autorizó reclasificaciones de carteras en contra de la ley y el interés público y en beneficio de su grupo económico Bancentro y otros.
No liquidó los Cenis dados en garantía a Bancentro, Banpro y BDF e incluyo el “pago” de estos en el presupuesto. En la subasta no se protegió el interés público en la subasta de activos bancarios y la comisión determinó que hubo conflictos de intereses en las operaciones con Bancentro.
“El Estado pudo haber hecho uso de alternativas mucho menos costosas para resolver la artificial crisis financiera”, aseguró en una carta pública en julio del 2006, el economista Francisco Mayorga.
“Pudo haberse suministrado liquidez y capital secundario a los bancos intervenidos. Eso hubiera costado menos de un 5% de lo que se emitió en Cenis”, asegura. “Aún si la intención era eliminar a los bancos intervenidos, pudo haberse facilitado capital secundario a los bancos favorecidos en las subastas de activos y depósitos, para que éstos se hicieran cargo de toda la cartera en vez de recibir el jugoso premio de los Cenis. Esta opción hubiera costado menos de un 10% de lo que al final costó esta operación al pueblo de Nicaragua”.


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